La OMAI recordó cómo debe ser la actualización de alquileres
Desde la Oficina Municipal de Atención al Inquilino (OMAI) se recordó que conforme a lo establecido en Ley de Alquileres 27.551, en cuanto a la actualización de alquileres los ajustes deben realizarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
En ese sentido indicaron que para los contratos en curso, que cumplan el año el 1 de septiembre, el porcentaje de actualización es de 64,67% y la actualización no debe superar el porcentaje que publica el Banco Central de la República Argentina (BCRA) con respecto al Índice de Contratos de Locación (ICL).
Además detallaron que una vez determinado el nuevo monto a abonar, el mismo corresponde a lo que se deba pagar cada mes durante un año, atento que el aumento es anual (no trimestral, semestral, etc).
Por consultas o mayor información dirigirse a Chacabuco 383, Planta baja, horario de atención al público de 8 a 14 hs. de lunes a viernes – Oficina Municipal de Atención al Inquilino.
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